Nueva Obligación Tributaria para Perceptores de Prestaciones por Desempleo

A partir de ahora, todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo deberán cumplir con una nueva obligación fiscal derivada del Real Decreto Ley 02/2024. Este cambio normativo afecta directamente a quienes reciben prestaciones del SEPE, ya que estarán obligados a presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), independientemente de si alcanzan o no el mínimo de ingresos que exime de declarar.

Cambios en la Legislación para Prestaciones por Desempleo

El Real Decreto Ley 02/2024 introduce modificaciones clave en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), con la incorporación de un apartado específico que regula esta nueva obligación:

  • Artículo 299.1.k): "299. Obligaciones de los trabajadores, solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo: k) Presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas". .
  • Artículo 271.1.k):  "271. Suspensión del derecho: k) En caso de incumplimiento de lo previsto en el artículo 299.1.k), la suspensión tendrá lugar cuando la entidad gestora detecte que las personas beneficiarias de prestaciones hubieran incumplido durante un ejercicio fiscal la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable."


Implicaciones para los Perceptores

Desde la próxima campaña fiscal, quienes reciban prestaciones por desempleo estarán obligados a presentar el modelo 100 de la declaración de la renta, sin importar si sus ingresos anuales están por debajo del umbral que anteriormente eximía de esta responsabilidad.

¿Qué ocurre si no se presenta la declaración?

El incumplimiento conllevará la suspensión automática de las prestaciones por desempleo, ya que la entidad gestora está facultada para verificar el cumplimiento de esta nueva normativa.


Es fundamental que todas las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo estén al tanto de este cambio. Presentar la declaración de la renta en los plazos establecidos evitará la suspensión de las ayudas y posibles sanciones.

Desde Tisamec, entendemos la importancia de adaptarse a estas reformas fiscales. Por ello, estamos a tu disposición para ofrecer asesoramiento personalizado sobre cómo cumplir con esta nueva obligación tributaria.

Si tienes dudas sobre cómo afecta este cambio a tu situación o necesitas apoyo para la presentación de tu declaración de renta, no dudes en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte!



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